- Prácticas realizadas por alumnos universitarios, sea por grado, máster o doctorado. También las dirigidas a la obtención de títulos propios de la universidad, sea máster de formación permanente, diploma de especialización o de experto.
- Las realizadas por alumnos de formación profesional dual o certificados profesionales, siempre que no se presten en la modalidad de formación dual intensiva.
Estas personas quedarán asimiladas a los trabajadores por cuenta ajena en el RGSS.
En la Guia informativa elaborada por Fomento de Trabajo encontrarás información en materia de cotización a la Seguridad Social de las prácticas no laborales.